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En este caso venezolanos deben presentar tiquete de salida para ingresar a Colombia

Migración Colombia reveló un informe sobre flujos migratorios inversos de ciudadanos venezolanos, una nueva dinámica que la entidad monitorea y que consiste en flujos que se dirigen en sentido norte-sur desde diferentes puntos de Centroamérica y Norteamérica hacia Colombia. Estos flujos se realizan a través de terminales aéreas, pero también marítimas y terrestres.




La principal conclusión de este informe es que se ha incrementado el tránsito de migrantes que están retornando de países como México, lo que implica un plan de acción del Gobierno colombiano, que también recibe a sus connacionales de Estados Unidos.

"En términos generales, los datos de registros de entradas y salidas permiten evidenciar que en enero y febrero de 2025 se incrementaron los flujos migratorios de migrantes venezolanas(os) en 41 % frente al mismo periodo de 2024, lo que pone en evidencia esta dinámica migratoria emergente", indicó el informe.

La entidad explicó que llegan venezolanos titulares de Permiso de Protección Temporal (PPT) que salieron de manera irregular de Colombia, omitiendo los controles migratorios. Sin embargo, hay otros migrantes, también venezolanos, que no cuentan con el PPT y que también salieron del país de forma irregular; estos, en ocasiones, además están indocumentados.

Para este último grupo de migrantes (venezolanos sin PPT que salieron del país irregularmente) la entidad establece unos requisitos para el ingreso a territorio nacional que implican tener un tiquete de salida ya sea aéreo, marítimo, terrestre o fluvial. Estos deben tener destino a ciudades fronterizas de Colombia con Venezuela, como Riohacha, Cúcuta, Arauca, Puerto Carreño o Inírida.

Los otros dos requisitos que deben cumplir los venezolanos sin PPT son presentar la cédula de extranjería y el pasaporte válido, vigente o con menos de 10 años de haberse vencido.

En estos casos, Migración Colombia permitirá el ingreso al país otorgando un Permiso de Ingreso y Permanencia (PIP), denominado POA (Permiso para ejercer Otras Actividades) con autorización de tránsito por un término de 15 días, no prorrogables, tiempo en el cual los(as) migrantes venezolanas(os) deberán realizar el control de salida de Colombia (hacia Venezuela o un tercer país).




Fuente: bluradio.com

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