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Justicia española avala llamar “secta destructiva” a los Testigos de Jehová

Una decisión de la justicia española abrió un nuevo precedente en torno a la libertad de expresión y las denuncias contra organizaciones religiosas, al reconocer que antiguos miembros de los Testigos de Jehová pueden referirse públicamente al movimiento como una “secta destructiva” sin que ello constituya una vulneración al honor de la institución.


La resolución fue ratificada por la Audiencia Provincial de Madrid, que confirmó una sentencia previa favorable a la Asociación Española de Víctimas de los Testigos de Jehová. El tribunal concluyó que tanto el nombre de la asociación como las críticas expresadas por sus integrantes están protegidos por el derecho a la libertad de expresión.

El fallo sostiene que quienes aseguran haber sufrido consecuencias psicológicas, familiares o sociales dentro de la organización tienen derecho a describir su experiencia públicamente, incluso cuando esas afirmaciones resulten incómodas para la institución religiosa.

La decisión judicial también respalda la posibilidad de señalar prácticas internas del grupo, como el aislamiento social hacia quienes abandonan la congregación, una de las denuncias recurrentes formuladas por antiguos fieles.

Representantes de la asociación de víctimas consideran que el pronunciamiento podría marcar un precedente fuera de España, especialmente en países donde exmiembros han denunciado presiones legales similares por parte de la organización.

Aunque la sentencia todavía podría ser recurrida ante el Tribunal Supremo de España, el caso ya es visto como una referencia importante en el debate sobre los límites entre libertad religiosa y derecho a la crítica pública.


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